Si eres propietario de una vivienda en Valencia, seguramente te has hecho esta pregunta: ¿Qué es más rentable, alquilar mi piso por meses a nómadas digitales o buscar un inquilino de larga duración?
A finales de 2025, la respuesta ya no depende solo de cuánto cobres al mes, sino de cuánto te deje quedar Hacienda. La fiscalidad se ha convertido en el factor decisivo. En esta guía de Cabanyal Estate, desglosamos las diferencias reales para que elijas el modelo que mejor proteja tu inversión.
Este es el contrato tradicional (LAU). Para el ejercicio 2025, es la opción que más protege al propietario a nivel de impuestos, gracias a las potentes reducciones sobre el beneficio neto.
Reducciones IRPF: Puedes reducir lo que pagas entre un 50% y un 90% (si el inquilino es joven o si has bajado el precio en zona tensionada).
Gastos Deducibles: Puedes deducir el 100% de los gastos anuales (IBI, seguros, comunidad, y los honorarios de Cabanyal Estate) siempre que la vivienda haya estado alquilada todo el año.
IVA: Exento. No tienes que preocuparte por declaraciones trimestrales de IVA.
Ideal para: Propietarios que buscan tranquilidad, estabilidad y pagar el mínimo posible en su declaración de la renta.
Aquí incluimos tanto el alquiler vacacional (días/semanas) como el alquiler de media estancia (por meses para estudiantes o trabajadores desplazados).
Reducciones IRPF: Cero. No tienes derecho a ninguna reducción. Tributas por el 100% de tu rendimiento neto.
Deducción de Gastos "Prorrateada": Este es el gran golpe fiscal. Si tu piso turístico solo estuvo ocupado 200 días al año, solo puedes deducir el IBI y la comunidad de esos 200 días. El resto del año, esos gastos no son deducibles.
IVA (Solo Turístico): Si ofreces servicios de hostelería (limpieza durante la estancia, cambio de sábanas, recepción), debes facturar con un 10% de IVA.
Ideal para: Propietarios con viviendas en ubicaciones premium (como primera línea de playa en el Cabanyal) donde el alto precio por noche compensa la mayor carga fiscal.
Imagina un piso en el Cabanyal con un beneficio neto (tras gastos) de 12.000 € anuales.
| Concepto | Alquiler Larga Duración (Inquilino 30 años) | Alquiler Temporal / Turístico |
| Beneficio Neto | 12.000 € | 12.000 € |
| Reducción Aplicable | -70% (8.400 € exentos) | 0% |
| Base Imponible | 3.600 € | 12.000 € |
| Impuesto estimado (aprox. 19%) | 684 € | 2.280 € |
Conclusión: En este caso, el propietario de larga estancia ahorra 1.596 € en impuestos. Para que el alquiler temporal fuera igual de rentable, tendría que generar unos ingresos brutos mucho mayores para compensar esa diferencia.
Valencia está viviendo un cambio normativo importante. Las restricciones a los apartamentos turísticos (VUT) y la posible declaración de zonas tensionadas hacen que el alquiler de media estancia (1 a 11 meses) sea muy atractivo por flexibilidad, pero recuerda: a ojos de Hacienda, el alquiler por meses NO es vivienda habitual y no disfruta de las bonificaciones del 50-90%.
En Cabanyal Estate, realizamos estudios de rentabilidad personalizados para nuestros clientes. No solo vemos el precio del mercado, sino el impacto en tu bolsillo tras pasar por el filtro de la Agencia Tributaria.
